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Se reconoce por primera vez una indemnización por daños y perjuicios a favor de un pensionista al que se le denegó el complemento de maternidad

Se reconoce por primera vez una indemnización por daños y perjuicios a favor de un pensionista al que se le denegó el complemento de maternidad

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en su sentencia de 30 de octubre de 2023 en resolución de suplicación 3601/2021, reconoce por primera vez el derecho a recibir una indemnización a un pensionista al que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó el complemento de maternidad, por lo que “vulneró su derecho a no ser discriminado por razón de sexo”.

Este fallo llega habida cuenta de que el pasado mes de septiembre, se dictase sentencia por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el que se determinó que los padres que han litigado para reclamar el complemento de maternidad en su pensión tienen derecho a recibir una indemnización adicional para cubrir las costas y los honorarios del abogado.

La justicia europea estima en su sentencia que dichos padres se encuentran sometidos a una doble discriminación, por razón de sexo y por el hecho de verse obligados a acudir a los tribunales para reclamarlo. Por ello se reconoce, además del derecho a percibir el complemento de forma automática, a cobrar una reparación pecuniaria, que en el presente caso de fijó en una cantidad de 1.500 euros “suficiente para compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación”.

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